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08 de octubre de 2020


La Cámara de Diputados de la provincia de Santa Fe dio media sanción a un proyecto de ley tendiente a implementar la educación sexual integral en la provincia, de acuerdo a lo estipulado por la ley 26.150 de Programa Nacional de Educación Sexual Integral.

Cabe recordar que el mes pasado la Comisión de Educación, Ciencia y Tecnología de la Cámra elaboró un dictamen por amplia mayoría que sintetiza cinco proyectos de ley que fueron presentados por Agustina Donnet (Igualdad y Participación), Gisel Mahmud (PS), Leandro Busatto (PJ) y los celestes Betina Fiorito y Nicolás Mayoraz.

De convertirse en ley, su implementación estará a cargo de una autoridad de aplicación nueva (la Dirección Provincial de Educación Sexual Integral), y se creará por ley el Programa Provincial de Educación Sexual Integral.

Estos espacios deberán trabajar los contenidos curriculares asegurando la transversalidad e interdisciplinariedad, y evitando caer en limitaciones propuestas por el llamado "ideario institucional".

Para garantizar su cumplimiento se deberá promover el involucramiento y articulación con las familias, los efectores de salud, gobiernos locales y organizaciones sociales. La Autoridad de Aplicación deberá además elaborar un Informe Anual de Seguimiento y Evaluación sobre la aplicación del programa.

En síntesis, la educación sexual integral está definida como el conjunto de actividades pedagógicas que articulan aspectos biológicos, psicológicos, sociales, afectivos, éticos y jurídicos, superando cualquier concepción reduccionista de tipo moralista, biologicista, genitalista o patologista.

Esta concepción es clave para garantizar determinados objetivos, entre los que se destaca:

* Incorporar saberes y habilidades para la toma de decisiones informadas, libres y conscientes relacionadas con la sexualidad.

* Promover conductas sexuales seguras, responsables y placenteras, libres de coacciones, intimidaciones y violencias.

* Procurar la igualdad de oportunidades, de trato y la no discriminación por razones de raza, etnia, orientación sexual, identidad de género, religión, ideología, o cualquier otra circunstancia que implique distinción o exclusión.

* Contribuir a mejorar las relaciones con familiares, entre compañeros y compañeras, con amistades, y parejas sexuales y/o afectivas.

* Prevenir los embarazos no deseados, la mortalidad materna por abortos inseguros, el VIH y otras infecciones de transmisión sexual.

* Contribuir a derribar mitos, creencias falsas, concepciones erróneas y prejuicios sobre la sexualidad.

* Asegurar el efectivo cumplimiento de los derechos sexuales y reproductivos, y el derecho a la información basada en el conocimiento científico.

Por todo ello, la ESI es una herramienta efectiva para erradicar el abuso sexual infantil y la violencia en el noviazgo, y para garantizar el respeto por la diversidad y la no discriminación, la igualdad entre los géneros y las orientaciones sexuales.

Implementar la ESI significa garantizar aspectos claves de cada persona como pertenencias culturales, identidades de género y orientaciones sexuales, entre otras.

Fuente: El Protagonista