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Diez provincias petroleras rechazaron la reforma al sector de hidrocarburos propuesta por la Ley Ómnibus

Suscribieron un documento manifestando su oposición a un artículo que autoriza al Ejecutivo nacional a conceder la explotación del suelo.

18 de enero de 2024


En medio del debate sobre la ley ómnibus, donde se conocen las posturas de los sectores afectados por las reformas, la Junta de Gobierno de la Organización Federal de los Estados Productores de Hidrocarburos (OFEPHI) solicitó modificaciones en los artículos relacionados con la producción de hidrocarburos.

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El documento, rubricado por gobernadores y representantes de las provincias de Río Negro, Chubut, Formosa, Jujuy, La Pampa, Mendoza, Neuquén, Salta, Santa Cruz y Tierra del Fuego, reitera "la defensa del dominio originario de las provincias sobre los recursos hidrocarburíferos situados en nuestros territorios y las facultades de administración sobre los mismos"

Los gobiernos provinciales afirmaron en el documento que comparten “aquellos aspectos que buscan lograr un marco jurídico para la actividad hidrocarburífera” y le solicitaron al gobierno nacional que “propicie un ámbito deliberativo, real y oportuno, para analizar en profundidad las adecuaciones propuestas que modifican de manera sustancial el régimen actual”.

Ley Ómnibus

El artículo 298 del proyecto de la "ley ómnibus" presentado al Congreso delega en el Poder Ejecutivo la facultad de otorgar concesiones para la explotación de los recursos del suelo, lo que entra en conflicto con los derechos de las provincias a explotar sus propios recursos, protegidos por el artículo N° 24 de la Constitución Nacional: "Corresponde a las provincias el dominio originario de los recursos naturales existentes en su territorio".

La principal objeción surgió en la provincia de Neuquén, donde las autoridades provinciales aspiran a potenciar los recursos de Vaca Muerta, aunque otros gobiernos provinciales también expresaron sus críticas.

En este sentido, se oponen a cualquier artículo del proyecto de ley que pueda interpretarse como una restricción o limitación a las facultades de administración de las provincias con recursos hidrocarburíferos. Asimismo, subrayaron la importancia de respetar "el dominio originario sobre nuestros recursos naturales, consagrado en el artículo 124 de la Constitución Nacional y la ley 26.197".