En Vivo

Etiquetas indagatoria Javier Iguacel

Citan a indagatoria a Iguacel por una resolución que obligaba a los usuarios a compensar a las empresas de gas

19 de noviembre de 2020


La jueza federal María Romilda Servini citó a indagatoria al exsecretario de Energía del gobierno de Cambiemos, Javier Iguacel, por haber dictado en 2018 una resolución con la que obligaba a los usuarios del servicio de gas a compensar a las empresas distribuidoras los efectos de la devaluación en 24 cuotas.

La magistrada convocó al exfuncionario del gobierno de Mauricio Macri para el viernes 27 de noviembre a las 15.30 y la indagatoria se llevará a cabo a través de la plataforma virtual Zoom, según informaron a Télam fuentes judiciales.

La indagatoria había sido requerida por la fiscal federal Paloma Ochoa en el marco de la causa en la que se investiga el dictado, en 2018, de una resolución con la que Iguacel había habilitado a las empresas distribuidoras de gas a cobrar un incremento extra a partir de enero de 2019 en las tarifas para compensar los efectos de la devaluación del peso, en detrimento de los usuarios.

Para la representante del ministerio público fiscal, con la Resolución 20, dictada el 4 de octubre de 2018, el entonces secretario de Energía “evidenció su interés directo en beneficiar a las empresas de distribución de gas, garantizándoles un ingreso económico extraordinario y fraudulento”.

En el requerimiento que le elevó a la jueza María Servini, la fiscal Ochoa señaló que la maniobra fue en perjuicio de los “usuarios-consumidores, en cuya cabeza fijó la obligación de abonar un aumento tarifario indebido, como así también, subsidiariamente, en perjuicio del Estado Federal argentino que como garante de la prestación del servicio público también resultó abusiva e indebidamente obligado”.

Si bien la resolución cuestionada fue dejada sin efecto por el escándalo que se desató cuando Iguacel la dictó, la fiscalía a cargo de la investigación penal solicitó en agosto de este año que se declare su nulidad absoluta e insanable.

La resolución cuestionada

La resolución 20/2018 habilitaba a las distribuidoras de gas a exigir a los usuarios un pago extra, en 24 cuotas, para compensar las pérdidas o lo que se hubieren perdido de ganar las empresas por la abrupta devaluación del tipo de cambio ocurrido durante el gobierno de Mauricio Macri.

Bajo la apariencia de la figura de la ´compensación´, la resolución “en realidad tenía por finalidad garantizar márgenes de ganancia indebidos y exorbitantes a las empresas distribuidoras y productoras de gas -en el contexto de la devaluación de la moneda dispuesta por el gobierno que integraba-, trasladando el presunto costo de la devaluación al público consumidor”, sostuvo la fiscal Ochoa.

En el dictamen de la fiscalía se señalaba que “en el plano normativo no correspondía que dichas diferencias fueran trasladadas automáticamente al usuario, mientras que en el plano fáctico se acreditó que las empresas distribuidoras de gas, de modo paralelo a la formulación del reclamo compensatorio, lejos de haber sufrido un quebranto con motivo de la devaluación monetaria, habían destinado sus ingresos a la conformación de inversiones en el mercado de futuros -contratos de dólar futuro- que maximizaron sus beneficios”.

Al dictar la resolución, la secretaría de Energía se había basado en que la reglamentación de la Ley 24.076, sancionada en 1992 cuando regía otra política monetaria, se establecía que “las variaciones del precio de adquisición del Gas serán trasladadas a la tarifa final al usuario de manera que no produzcan beneficios ni pérdidas al Distribuidor ni al transportista bajo el mecanismo, en los plazos y en la periodicidad que este establezca en la correspondiente habilitación".

Sin embargo, del expediente formado para el dictado de la resolución surge que en su momento, el Ente Regulador de Gas (Enargas) indicó que esa norma no debía reinterpretarse a la luz de la realidad económica argentina de los últimos 20 años, para no afectar a los usuarios, en un dictamen que fue desoído por completo por la secretaría de Energía.

La prueba colectada por la fiscalía que tiene delegada la investigación permitió detectar que en el período investigado “las empresas distribuidoras de gas decidieron comprar el gas a un valor dólar fijado contractualmente y no a la cotización de la fecha de pago prevista”.

Según surge del expediente, esa decisión “generó que se acumularan las mencionadas diferencias diarias pero no en términos de pérdida directa en sus activos, sino bajo un formato de ´deuda con las productoras, que día a día generaba intereses y que conocían que nunca abonarían pues trasladarían en su totalidad al usuario´”.

La fiscalía detectó que, “manteniendo su patrimonio incólume frente a la fluctuación cambiaria que damnificaba a los usuarios, las distribuidoras decidieron invertir sus ingresos -nutridos del pago de tarifas-, en contratos de dólar futuro y de modo concomitante negociar una rebaja en el precio del gas con las productoras”.

La prueba reunida en el expediente permitió acreditar que por ejemplo durante el período estacional comprendido entre el 1º de abril y el 30 de septiembre de 2018, en el que se generaron las diferencias diarias acumuladas luego reclamadas, tanto Metrogas SA como otras distribuidoras (Gas Cuyana SA y Gas del Centro), intervinieron activamente en el mercado de compra-venta de dólar futuro.

Durante el 2018, Metrogas S.A. realizó un total de ciento ochenta y siete (187) operaciones en el mercado Rofex (Mercado a Término de Rosario), y sólo durante el periodo estacional en cuestión (1º de abril y el 30 de septiembre de 2018) efectuó sesenta y dos (62) intervenciones, según surge del dictamen fiscal.

Para la fiscalía, los hechos que se le atribuyen a Iguacel podrían encuadrarse en los delitos de abuso de autoridad y negociaciones incompatibles con la función pública y administración infiel en perjuicio de la administración pública.

La causa se inició por una denuncia del también fiscal federal Guillermo Marijuan, mientras que Iguacel, a través de abogados, ya presentó un primer descargo espontaneo en el expediente, con el objeto de señalar que no cometió ningún ilícito y que la resolución tenía por objetivo cuidar a los usuarios, como había dicho públicamente.

Fuente: Télam