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Revés judicial para Granata, rechazaron suspender la ley de Reforma previsional

El fallo de la jueza María Ester Noé, sostiene que en la presentación del amparo del bloque Somos Vida, no se puede acreditar que la ley "cause un gravamen que difícilmente pueda revertirse".

02 de octubre de 2024


La justicia resolvió rechazar la medida cautelar presentada por los diputados de Somos Vida, la cual planteaba la suspensión de los efectos de la ley de Reforma previsional hasta tanto se resuelva el amparo por inconstitucionalidad de la norma aprobada en la Legislatura el pasado 12 de septiembre, como así también el recurso .

Entre los argumento del fallo firmado por la jueza María Ester Noé y la secretaria María Romina Kilgenlman, pertenecientes al Juzgado 1ra. Instrucción Civil y Comercial 10ma. Nominación, destacan que "atento a que la parte peticionante se ha limitado a exponer a través de formulaciones genéricas sobre el cumplimiento de tal recaudo sin invocar ni acreditar que la continuidad en la aplicación de la ley 14.283 le cause un gravamen que difícilmente pueda revertirse".

Y concluyen "cabe concluir que la medida cautelar peticionada por la parte actora deberá ser desestimada, con costas a la accionante que resulta vencida".