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Se establecen las restricciones para la provincia a partir del lunes

La vigencia de las medidas será desde las 00.00 hs del 07 de junio al 11 de junio 2021 inclusive.

05 de junio de 2021


En el día de hoy, el gobernador Omar Perotti junto a la ministra de Salud, Sonia Martorano, anunciaron las nuevas medidas en el marco de la situación epidemiológica de la provincia que regirán a partir del lunes y serán una continuación de las mismas medidas anteriores.

En ese marco, el gobernador afirmó que “es muy importante que sostengamos el esfuerzo que se viene haciendo hasta aquí y del cual somos profundamente agradecidos. Esta semana continuaremos con las mismas medidas que la semana anterior. Eso nos tiene que permitir evaluar”.

Mientras que este fin de semana se aplican las medidas vigentes por el decreto nacional, el Gobernador anunció la actualización de las restricciones a partir de la evaluación que realizaron sobre la situación sanitaria de la provincia. Con respecto a la educación, seguirá suspendida la presencialidad y continuará en su formato virtual.

El mandatario provincial consignó que “tenemos el desafío de ponerle el mayor ritmo a la vacunación sin perder el nivel de atención. Hasta anoche, tenemos un total de 1.044.744 dosis aplicadas en la provincia de Santa Fe. Hemos recibido hasta aquí 1.300.000 dosis. Ayer recibimos el mayor número de vacunas desde que comenzó el programa de vacunación. Eso nos va a permitir estar asignando turnos por primera vez en una semana completa. Es decir, los santafesinos y santafesinas van a recibir 210.000 turnos en estos días. Este es el ritmo que queremos mantener con el tema de vacunación” subrayó Perotti.

“La vacuna está cerca y funciona, hagamos el esfuerzo para llegar todos los santafesinos y santafesinas y ser integrantes y partícipes de ese proceso de vacunación, el más grande que ha tenido la provincia de Santa Fe”, finalizó el gobernador.

Por su parte, Martorano explicó que “hemos extendido el sistema sanitario al máximo, tenemos que trabajar en la variante de bajar la tasa de contagios. En este sentido, las medidas de restricción se deben sostener y, sobre todo, vamos tener que continuar con la no presencialidad en esta semana, pero sí sosteniendo la educación en la distancia”.

Comercio mayorista y comercio minorista
-La actividad del comercio mayorista y comercio minorista de venta de mercaderías que cuente con atención al público en los locales, podrá extenderse todos los días de la semana hasta las 17.00hs. Mientras que, la extensión podrá ser hasta las 19.00hs para quienes comercialicen productos alimenticios y farmacéuticos.
-La ocupación de los locales para la atención del público no podrá exceder del 30%.

Actividades gastronómicas
-Los locales gastronómicos podrán funcionar entre las 6.00hs y las 19.00hs, con un aforo máximo del 30%.

Restricción a la Circulación Vehicular
-En todo el territorio provincial queda autorizada la circulación vehicular en la vía pública, desde las 6.00hs hasta las 18.00hs.
-Quedan exceptuados de la restricción: quienes cumplan con su actividad laboral y quienes estén debidamente justificadas por una situación de fuerza mayor (incluyendo asistencia médica, farmacéutica y cuidado de personas).

Actividad comercial
-Se establece la suspensión de la actividad comercial en centros comerciales, paseos, shoppings y establecimientos afines.

Actividades recreativas
-Continúa la suspensión de la práctica de deportes grupales de contacto (al aire libre y en espacios cerrados), y las competencias deportivas provinciales, zonales o locales de carácter profesional o amateur, no habilitadas expresamente por las autoridades nacionales; el funcionamiento de clubes, gimnasios y otros establecimientos afines, incluidas las actividades al aire libre; y actividades náuticas, pesca deportiva y recreativa en modalidad costa y embarcados, actividades de los clubes deportivos vinculados a las mismas y de guarderías náuticas.

Actividades sociales y familiares
-Permanece la prohibición de los encuentros sociales y familiares en lugares cerrados o al aire libre.

Suspensión de actividades
-Ejercicio de profesiones liberales, incluidos mandatarios, corredores y martilleros, en forma presencial y con atención al público en los locales y oficinas; quedando excluidos de la suspensión, los profesionales de la salud y los del notariado, para realizar diligencias esenciales e impostergables y los profesionales del derecho, en el caso de deber instar medidas de urgente diligenciamiento que no puedan realizarse de manera remota y cuya demora tenga virtualidad de producir la pérdida de un derecho.
-Actividad inmobiliaria y aseguradora, sin perjuicio de la organización de guardias mínimas para atender aquellas diligencias que deban realizarse indefectiblemente de modo presencial.
-Actividades administrativas en forma presencial de sindicatos, entidades gremiales empresarias, cajas y colegios profesionales, administración de entidades civiles y deportivas, actividades de las obras sociales y la actividad administrativa de universidades nacionales y privadas con sedes en el territorio provincial; deberán desarrollarse de manera remota o mediante teletrabajo; sin perjuicio de la organización de guardias mínimas para atender aquellas diligencias que deban realizarse indefectiblemente de modo presencial.
-Actividades administrativas de las empresas industriales, de la construcción, comerciales o de servicios, sin perjuicio de la organización de guardias mínimas para atender aquellas diligencias que deban realizarse indefectiblemente de modo presencial.