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Procesan a Gils Carbó por la compra del edificio de la Procuración

27 de septiembre de 2018


Alejandra Gils Carbó ya no está al frente de la Procuración General de la Nación. Anunció en octubre de 2017 que dejaría su cargo el 31 de diciembre. Aquel anuncio se hizo días después de haber sido procesada por el juez Julián Ercolini por la compra del edificio donde están las principales oficinas del Ministerio Público Fiscal de la Nación.

El juez -luego de una investigación que fue delegada en el fiscal Eduardo Taiano- había procesado a Gils Carbó y a otras personas por defraudación contra la administración pública debido a la compra del edificio de la calle Perón al 600, que fue pagado $43.850.000.

La firma vendedora fue Arfinsa, del Grupo Bemberg, encabezada por Adrián González Fischer. Esa compañía a su vez le pagó $7.000.000 de comisión a la inmobiliaria de Bárbara Jaureguiberry por el asesoramiento para la operación. Jaureguiberry le pagó por otro asesoramiento en la licitación al productor de seguros Juan Carlos Thill la suma de $3.000.000. Thill resultó ser medio hermano de Guillermo Bellingi, quien desde su cargo de subdirector de Administración de la Procuración condujo el proceso licitatorio que terminó con la venta del edificio.

Para los camaristas Leopoldo Bruglia y Mariano Llorens, no hubo perjuicio contra el Estado porque el edificio se adquirió en valores lógicos y la millonaria comisión fue pagada por la empresa privada que vendió el inmueble, pero sí hubo direccionamiento de la licitación y manejo de información privilegiada mediante el tándem Bellingi-Thill. Según la investigación de Taiano y el procesamiento de Ercolini, la comisión pagada por Arfinsa fue a parar a bolsillos del hermano que acomodó algunos aspectos de la licitación para que resultase ganadora la empresa del Grupo Bemberg.

Por eso a Gils Carbó, Bellingi, Gonzáez Fischer, Jaureguiberry y Thill la Cámara Federal les confirmó el procesamiento por el delito de negociaciones incompatibles con la función pública. A Gils Carbó y Bellingi los consideró autores del delito-en tanto ex funcionario públicos- y a los restantes como partícipes necesarios.

El artículo 265 del Código Penal que tipifica el delito de negociaciones incompatibles con la función pública señala: "Será reprimido con reclusión o prisión de uno a seis años e inhabilitación especial perpetua, el funcionario público que, directamente, por persona interpuesta o por acto simulado, se interesare en miras de un beneficio propio o de un tercero, en cualquier contrato u operación en que intervenga en razón de su cargo".

Para los camaristas quedó demostrado que en la Procuración se dio de baja una licitación que había sido tramitada antes la llegada al cargo de Gils Carbó para luego comprar un edificio acorde a sus gustos.

En la resolución se explicó: "Recién hoy se reconoce abiertamente que la licitación de 2012 no iba progresar de modo favorable. No se habría tratado entonces de una cuestión de tiempos, sino de preferencias. La procuradora requería de un edificio que cubriese otras expectativas. Se reclamaba que se tratase de un edificio de uso exclusivo, que contará con cocheras, un recinto para reuniones, incluso, una bóveda. Todos estos serán aspectos novedosos, que escapaban de los requerimientos de las tres licitaciones anteriores y, también, de las mismas necesidades de las áreas de la Procuración que, en un comienzo, ahí se iban instalar ".

Los camaristas señalaron: "Como el mismo a quo (el juez Ercolini) interroga en su resolución, carecía de todo asidero la necesidad de exclusividad del edificio o de la imperiosa identificación de su fachada cuando no iba a albergar dependencias en las cuales funcionarían fiscalías con asidua concurrencia pública-testigos e imputados-, sino solo áreas administrativas de la Procuración. Ese mismo uso, también impedía comprender la demanda de un espacio de custodia de tamaña seguridad, como lo es un tesoro y que, justamente, la casualidad del destino hizo que el edificio de Perón 667 si detentara, pues había sido aprobado para funcionar como entidad bancaria por el Banco Central de la República Argentina".

Fueron aquellas cuestiones específicas que se pidieron en la primera licitación de la gestión Gils Carbó -la 1/13- lo que configuró el inicio del direccionamiento del proceso: "Pues bien,-explican Bruglia y Llorens- frente a los requisitos tan específicos la consecuencia fue lógica. Solo unos pocos inmuebles de la ciudad estaban en condiciones de satisfacer la exige las exigencias del organismo. Y así, limitando el número de posibles competidores las chances se incrementaron. Era tiempo en definitiva de hacer realidad los anhelos de la procuradora ya que, como su misma defensa dijera: cómo se puede dudar de lo que ella deseaba era un edificio de construcción señorial, en buen estado, de cierta categoría, de época, porque son los que mejor reflejan en la calidad interior y exterior. Y tales aspiraciones no sólo eran legítimas sino que habrían de redundar en favor no sólo del prestigio de la institución (visitada internacionalmente) sino de quienes representasen al órgano. Se trataba de una búsqueda responsable, de no seguir degradando las instituciones con edificios descascarados, umbríos, oxidados, palomares, sucuchos tristes a los que lamentablemente nos hemos venido acostumbrando en los últimos años. Es obvio que la procuradora aspirara a un edificio de esa categoría".

Los camaristas concluyeron: "En definitiva, no solo se trataba de adquirir un inmueble con bóveda, cochera y auditorio. Debía ser un edificio señorial; de época… En ese marco, a los pocos competidores que las primeras exigencias imponían, las últimas terminaban por eclipsar. Así, se eliminaban los rivales que podían disputar la licitación al inmueble de Juan Domingo Perón 667".

 

Fuente: Infobae