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Martorano anunció que la cuarentena en la provincia continúa sin cambios

25 de octubre de 2020


Una nueva etapa de la pandemia de coronavirus termina este domingo, es por eso que la ministra de Salud de la provincia, Sonia Martorano, informó durante el reporte diarios de casos que el gobierno provincial extienden desde este lunes y por 14 días las restricciones y habilitaciones para el territorio santafesino en el marco del parte sanitario.

¿QUÉ PODEMOS HACER?

Comercios mayoristas y minoristas de venta de mercaderías de rubros no esenciales, con atención al público en los locales.

Locales gastronómicos, bares, restaurantes y heladerías:
Con concurrencia de comensales:
• Hasta las 00 hs. y con ocupación del 30% del local en superficies cerradas. Al aire libre la ocupación la dispondrán las autoridades locales.

Sin concurrencia de comensales:
• Envíos a domicilio (Delivery) hasta las 00 hs.
• Servicio para llevar (Take away) hasta las 20 hs.
• Envíos a domicilio (Delivery) hasta las 00 hs.

Actividades religiosas, cultos, reuniones o ceremonias de hasta 30 personas.
Obras privadas Hasta 10 (diez) trabajadores, profesionales o contratistas.

Servicios de cuidados de adultos mayores, personas con discapacidad, niños, niñas y adolescentes.

Salas de grabación y ensayo, preproducción, producción y postproducción de audios o audiovisuales en la modalidad a distancia.

Servicios de peluquería, manicuría, cosmetología y podología con turno previo y con una ocupación máxima del 50% de ocupación del local.

Servicios de personal doméstico.

Práctica deportiva de deportistas olímpicos y profesionales que cuenten con la autorización nacional.

Salidas breves para caminatas de esparcimiento sin extenderse más allá de las 20.00 hs.

Actividades físicas y deportivas en clubes, gimnasios y complejos deportivos que no impliquen contacto físico entre los participantes, disponiendo un sistema de turnos. Sin habilitar espacios de uso común y vestuarios, sin extenderse más allá de las 20.00 hs.

Actividades físicas individuales en espacios públicos con distanciamiento social y evitando la aglomeración de personas.

Actividad notarial y ejercicio de profesiones liberales incluidos mandatarios, corredores y martilleros. Con atención al público, mediante turno previo, hasta las 20.00 hs. Las restricciones no aplican a los profesionales de la salud ni a la actividad notarial, cuando ésta desarrolle o se vincule a actividades esenciales.

Shoppings y Centros Comerciales con un máximo de ocupación del 50% de la capacidad circulable, excluidos los locales comerciales. Horarios máximos: de 10 a 19.30 hs. No se permite la actividad de cines, bares,
restaurantes, patio de comidas, espacios de juegos infantiles; eventos sociales, culturales, recreativos y de cualquier otra índole.

Actividad artística y artesanal a cielo abierto en plazas, parques y paseos.
Actividad de mudanzas por empresas habilitadas para la actividad, en horario que no coincida con los horarios bancarios, y hasta las 20 hs.

Bibliotecas exclusivamente para retiro y devolución de libros y material, con turno previo.

Continúan restringidos al público museos y lugares recreativos de divulgación científica, públicos o privados.
Concurrencia a cementerios: Horarios a determinar por las autoridades locales sin extenderse más allá de las 20 hs.

Actividades administrativas de sindicatos, entidades gremiales empresarias, cajas y colegios profesionales, entidades deportivas, universidades nacionales y privadas, con atención al público mediante turno previo hasta las 13 hs.

Actividades de inmobiliarias con asistencia de público, mediante turno previo, hasta las 20.00 hs. y que no coincidan con los horarios bancarios.

Enseñanza de expresiones - disciplinas artísticas o lenguas extranjeras en forma particular o en instituciones o establecimientos, bajo la modalidad aprobada para la actividad.

¿QUÉ NO PODEMOS HACER?
• Pesca deportiva y recreativa en la modalidad desde costa y embarcados.
• Navegación recreativa.
• Clubes deportivos vinculados a la actividad náutica.
• Guarderías náuticas.

Restricciones a la circulación en la vía pública

Departamentos: Rosario, San Lorenzo, Constitución, Caseros,General López, La Capital; las localidades de Rafaela y Sunchales del Depto. Castellanos; Esperanza del Depto. Las Colonias y donde el Ministerio de Salud de la provincia determine que existe circulación comunitaria de COVID 19.

Entre las 20.00 hs. y las 6.00 hs. se permite la circulación a personas que desarrollen actividades autorizadas. Con uso del transporte público de pasajeros, y pudiendo utilizar taxis y/o remises.

Recomendaciones

Para personas mayores de 60 años o grupos de riesgo
• Permanecer en sus domicilios
• Limitar la circulación a la estrictamente necesaria o a las salidas breves para caminatas de esparcimiento.