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Ya rige la veda electoral, ¿qué se puede hacer y qué no?

Desde las 8 de la mañana de este viernes, esta restricción ha entrado en vigor, impactando directamente en diversas actividades y comportamientos de la sociedad.

11 de agosto de 2023


En medio de la expectativa nacional por las Elecciones Primarias, Abiertas, Simultáneas y Obligatorias (PASO) que se celebrarán este domingo 13 de agosto; desde las 8 de la mañana de este viernes, la veda electoral entró en vigor.

Desde su inicio a las 8 de la mañana de este viernes, hasta las 18 del domingo, momento en que cierran los comicios, queda vedada la difusión de cualquier tipo de propaganda política en medios de comunicación, vallas publicitarias y redes sociales.

Horarios de Apertura y Cierre de Establecimientos

Desde las 20 horas del sábado, los bares, confiterías y restaurantes pueden abrir sus puertas al público. No obstante, se prohíbe de manera estricta la venta de bebidas alcohólicas de cualquier tipo durante todo el período de veda. Por otro lado, establecimientos como boliches, shoppings y casinos permanecerán cerrados. Esta restricción también se extiende a eventos deportivos y culturales.

En este sentido, se establece que cualquier contratación o adquisición de espacios en radio o televisión con multas electorales será sancionada si se viola la normativa.

Acciones prohibidas durante la veda electoral

  1. Reuniones y Depósito de Armas : Se prohíben las reuniones de electores y el depósito de armas en casas ubicadas en una radio de ochenta metros alrededor de los lugares de votación.
  2. Eventos No Relacionados con el Acto Electoral : Quedan vetados los espectáculos, fiestas teatrales, actividades deportivas y reuniones públicas que no están directamente relacionados con el proceso electoral.
  3. Expendio de Bebidas Alcohólicas : Queda prohibido la comercialización de cualquier tipo de bebidas alcohólicas durante el período de veda.
  4. Ofrecimiento de Boletas de Sufragio : Dentro de una radio de ochenta metros de los sitios de votación, no se puede ofrecer ni entregar boletas de sufragio.
  5. Portación de Armas y Distintivos : La portación de armas, así como el uso de banderas, divisas u otros distintivos, también está restringida.
  6. Actos Públicos de Proselitismo : Durante la veda electoral, se prohíben los actos públicos de proselitismo político.
  7. Publicación de Encuestas y Sondeos : Queda vedada la publicación y difusión de encuestas y sondeos preelectorales y de proyección sobre los resultados.
  8. Locales Partidarios en las Inmediaciones de los Puntos de Votación : Los locales ubicados en una radio de ochenta metros de los puntos de votación deben permanecer cerrados durante la veda electoral.

Consecuencias por Incumplimiento de la Veda Electoral

Los ciudadanos que no respeten estas normativas podrán ser denunciados por violación al Código Electoral Provincial y enfrentar sanciones si la justicia determina su falta.

Las penas establecidas varían según el tipo de violación. En el caso de la venta de bebidas alcohólicas desde las 20 horas del día anterior a las elecciones hasta las 21 horas del día de los cómicos, se contempla una pena de prisión que oscila entre quince días y seis meses.