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La Justicia ordenó asistir a cinco argentinos varados en Estados Unidos

29 de abril de 2020


La Cámara Federal de Apelaciones de Tucumán ordenó asistir a cinco argentinos que quedaron varados en Estados Unidos luego de que se decretara el cierre de fronteras en el país como consecuencia de la pandemia del coronavirus.

Así, la Cámara dispuso hacer lugar parcialmente a la acción de amparo interpuesta por las madres de cinco jóvenes de entre 19 y 21 años (uno de ellos con una enfermedad crónica), que quedaron varados en aquel país.

Según publicó el portal Fiscales.gob.ar, las mujeres que interpusieron la acción de amparo con el fin de que "se arbitren los recursos necesarios en aras de no caer en abandono de ciudadanos argentinos en suelo extranjero" y solicitaron como medida cautelar que se ordenase asilo o medidas en favor de ellos.

Además, solicitaron que el consulado argentino en Estados Unidos los asista o ayude financieramente; que se habiliten días y horarios bancarios para efectuar giros internacionales eximiéndose la operatoria del impuesto PAIS; y que se otorgue preferencia a la repatriación de los afectados.

También en la presentación se consideraron que el cierre de fronteras y decisiones tomadas por el Poder Ejecutivo Nacional violentaban los derechos de igualdad, salud y no discriminación de los ciudadanos argentinos afectados.

El pasado 15 de abril el juez Daniel Bejas, a cargo del Juzgado Federal N°1 de Tucumán, había declarado inadmisible la acción de amparo.

Sin embargo, la decisión fue recurrida por la abogada de las madres que presentaron el amparo, que explicó que los jóvenes se quedaron sin alojamiento, que se encuentran casi sin dinero, que quisieron regresar al país en un vuelo de LATAM -y no pudieron hacerlo por encontrarse cerradas las fronteras.

La letrada indicó que el consulado argentino en Miami cerró sus puertas y no responde llamados ni correos electrónicos, lo que evidenciaría el incumplimiento de la resolución N°62/2020 del Ministerio de Relaciones Exteriores, Comercio Internacional y Culto por cuanto no se materializa la asistencia a ciudadanos argentinos en el exterior, y que el Decreto PEN 313/2020 resultaría inconstitucional por afectar los derechos a la vida, la integridad y la libertad, entre otros.

Tras esa presentación, los jueces Ricardo Mario Sanjuan, Jorge Enrique David y Hernán Eduardo Frías Silva consideraron que la apelación debía hacerse lugar respecto del pedido de asistencia a los amparistas en el extranjero, rechazaron el planteo de inconstitucionalidad del decreto PEN 313/2020, y señalaron que el mismo no representa un acto arbitrario o ilegal, dado el contexto mundial existente por la pandemia del virus Covid-19.

Además, rechazaron las medidas cautelares relativas a a habilitación de días y horas en el sistema bancario para el giro internacional, la exención del impuesto PAIS y la preferencia de repatriación.

Fuente: NA