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El Gobierno reglamentó el decreto que modificó las indemnizaciones por accidentes laborales

13 de noviembre de 2019


El Gobierno avanzó con la reglamentación del decreto de necesidad y urgencia que modificó la forma de calcular los intereses que se deben aplicar a las indemnizaciones por accidentes de trabajo. A fines de septiembre, se publicó el DNU 669/2019, que estableció que se dejaría de utilizar la tasa activa de los bancos para calcular esos intereses y que se comenzaría a usar el índice Remuneraciones Imponibles Promedio de los Trabajadores Estables (RIPTE) que mide la evolución de los salarios. De esta forma, se aplicaría un incremento menor, ya que las tasas activas están por encima de los aumentos salariales promedio.

Ahora, con una resolución publicada este miércoles en el Boletín Oficial, el Gobierno —a través de la Superintendencia de Seguros de la Nación— reglamentó ese decreto de necesidad y urgencia, a pesar de las medidas de amparos judiciales que habían sido solicitadas en forma colectiva por el Colegio Público de Abogados de la Capital Federal y en forma particular por personas que estaban cercanas a obtener fallos favorables por el cobro de indemnizaciones.

El Gobierno está dictando una resolución en consecuencia del decreto y ese decreto está suspendido por una medida cautelar judicial
“En el decreto de necesidad y urgencia (DNU), el Gobierno delegó en la Superintendencia de Seguros de la Nación la reglamentación de los aspectos técnicos. En virtud de eso, la superintendencia reglamentó la cuestión de las reservas que tienen que constituir las compañías de ART para hacer frente a los siniestros. Es un aspecto técnico contable que ajusta las reservas a la nueva tasa de interés que se va a aplicar, se adapta a lo que dice en DNU", explicó Guillermo Mitchel, asesor legal de la Unión de Aseguradoras de Riesgos del Trabajo (UART) que agrupa a las empresas del sector.

“El decreto cambió la tasa de interés que se aplica sobre el monto de las indemnizaciones, pero no modificó el cálculo de esos montos. La forma de actualización sigue igual, lo que se modificó es cómo se hace para que ese monto mantenga su valor. Lo que se había desmadrado era el interés compensatorio”, aclaró Mitchel.

Fuente: Infobae